dilluns, 17 de desembre del 2012

El Supremo fija que el derecho a reclamar la indemnización por incapacidad es transmisible a los herederos y no se extingue con el fallecimiento



Definiciones:

 -   Tribunal Supremo: Es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales.
-     Incapacitación:  Es la carencia de  aptitud para la realización del ejercicio de derechos o para adquirirlos por sí mismo.
-     Herencia:  acto jurídico mediante el cual una persona que fallece transmite sus bienes, derechos y obligaciones a otra u otras personas, que se denominan herederos. Así, se entiende por heredero la persona física o jurídica que tiene derecho a una parte de los bienes de una herencia. El régimen jurídico que regula las herencias es el derecho de sucesiones.

Noticia: 

http://noticias.juridicas.com/juris/verjuris.php?id=182

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