dimecres, 21 de novembre del 2018

Perito


Definición:

Profesional llamado por un órgano jurisdiccional con el fin de obtener un medio de prueba de determinados hechos, a través de la emisión de una opción técnica sobre los mismos.
existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos pro una o ambas partes (y luego aceptados por el juez o fiscal), y ambos ejercen la misma influencia en el juicio.

Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sección 5.ª Del dictamen de peritos.

Información extraída de:
http://www.abogadosconjuicio.com/glosario2/perito/43.html
https://es.wikipedia.org/wiki/Perito_judicial#Legislaci%C3%B3n_en_Espa%C3%B1a


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